top of page
Buscar
Foto del escritorGPF Asesoría de Negocios

Actualizaciones Contables y Legales a contemplar en este inicio de año 2025

Como es común, a inicios de cada año, tenemos ciertas actualizaciones que se realizan, ya sea porque así lo obligan las respectivas leyes, o bien por así considerarlo ciertas autoridades, siendo que estas actualizaciones repercuten en temas tanto legales como contables, permitiéndonos en estos párrafos relacionar algunas de ellas:


AUMENTO AL SALARIO MINIMO GENERAL Y PROFESIONAL

Con fecha jueves 19 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial (DOF) de la Federación la Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante la cual se establecen los salarios mínimos para el año 2025.

Contemplando en ella que a partir del 1 de enero de 2025 entran en vigor los nuevos salarios mínimos generales y profesionales, en los cuales existe un incremento del 12% en todo el país, quedando el nuevo salario mínimo general de la siguiente manera:


Área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte

$419.88 pesos diarios por jornada diaria de trabajo

El Resto del país

$278.80 pesos diarios, por jornada diaria de trabajo


Pudiendo revisar la resolución publicada en el DOF, en el siguiente link: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/962948/Resolucion_SM_2025_DOF241219.pdf


Por lo que se realizarán, como en años anteriores, los cambios ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, para ajustar los sueldos actuales; de esta manera cumplir con las disposiciones legales y evitar la imposición de multas.


ACTUALIZACIÓN DE MONTOS AL SUBSIDIO AL EMPLEO

El pasado martes 31 de diciembre de 2024, se publicó el decreto por el cual se modifican el diverso que otorga el subsidio al empleo, considerando importante tener en cuenta los siguientes cambios o modificaciones:


Modificación del porcentaje pasando de 11.82% de la Unidad de Medida y Actualización mensual que se tenía a partir de mayo de 2024, al 13.8% a partir de este 2025, a efecto de que su aplicación, según lo estipula los considerandos de dicho decreto, permita que el aumento en el ingreso disponible de los trabajadores después del impuesto sobre la renta respectivo, sea proporcional al aumento del 12% del SMG para éste 2025.


De igual manera, se modifica el límite de ingresos, quedando a $10,171.00 (diez mil ciento setenta y un pesos 00/100 M.N.) de ingresos mensuales, con el fin de beneficiar a un número importante de trabajadores con el subsidio para el empleo, esto atendiendo al decreto en comento.


Ahora bien, y tal, como lo establece el artículo transitorio segundo de dicho decreto, únicamente, durante el mes de enero de 2025, se aplicará el porcentaje de 14.39%, de la Unidad de Medida y Actualización vigente en 2024, quedando un subsidio para el empleo mensual a aplicar contra ISR mensual de $474.95; lo anterior considerando que por ley, el INEGI publicará en el DOF dentro de los primeros diez días del mes de enero de cada año el valor diario, mensual y anual en moneda nacional de la UMA y entrarán en vigor dichos valores el 1o. de febrero de dicho año; por lo que una vez publicada la UMA para 2025, esa cantidad será la que se multiplique por el nuevo porcentaje de 13.8%, misma que será aplicable del 1º de febrero 2025 al 31 de diciembre de 2025. Debiendo tener en cuenta, que, el subsidio para el empleo, se ajustará anualmente en forma automática.


Compartiendo de igual manera el link donde podrá revisar dicho decreto: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746529&fecha=31/12/2024#gsc.tab=0

Razón por la que se realizará de igual manera los ajustes respectivos.


TABLAS DE ISR

Con fecha 30 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y sus Anexos, entre ellos el anexo 8 en donde podemos encontrar las nuevas tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR), también conocidas como tarifas ISR 2025 y las de los subsidios aplicables para saber cuánto ISR pagaremos de impuestos este año.


Pudiendo revisar dicho decreto en el siguiente link que compartimos: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746354&fecha=30/12/2024#gsc.tab=0


UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA)

Como comentamos en los párrafos anteriores, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) da a conocer dentro de los primeros diez días del mes de enero de cada año, el valor diario, mensual y anual en moneda nacional de la UMA (Unidad de medida y actualización) y entrarán en vigor dichos valores el 1o. de febrero de dicho año, sin que a la fecha del presente documento lo hubiese realizado.


Recordando una vez más que, la UMA es una referencia económica que se utiliza para calcular el pago de obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales y en otras disposiciones jurídicas, por lo que estaremos al pendiente de su publicación para actualizar los parámetros de los sistemas de nóminas; lo anterior para aplicar correctamente las percepciones exentas y gravadas para efectos del cálculo de Impuesto sobre la Renta (ISR) Sueldos y Salarios. (aplicación del Art. 93 de la Ley del ISR), entre otros cambios a realizar.


IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)

En relación a este impuesto, tenemos que a partir del 1 de enero de 2025 un aumentó en un 4.5% en algunos productos tales como gasolinas, diésel, cigarros, refrescos y otras bebidas saborizadas, lo que generará un incremento en sus precios; por otro lado, tenemos que, también desaparecerán las rebajas fiscales a alimentos y energía, agregando nuevos impuestos a los cigarrillos electrónicos y contemplando a su vez que grandes compañías de telecomunicaciones subirán sus tarifas.


ESTÍMULOS FISCALES 2025

Con fecha 24 de diciembre de 2025, fue publicado en el DOF, el Decreto por el que se modifican los anteriores decretos por medios de los cuales se otorgaban estímulos fiscales y que su vigencia se estipulaba hasta el 31 de diciembre de 2024, prorrogándolos a todos hasta el 31 de diciembre de 2025, lo anterior, para que continúen los beneficios en ellos contenidos, siendo dichos estímulos los siguientes:


  • Estímulo a sectores clave de la industria exportadora consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación;

  • Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte;

  • Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur;

  • Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican;

  • Decreto por el que se establecen estímulos fiscales complementarios a los combustibles automotrices y el Decreto por el que se establecen estímulos fiscales a la enajenación de los combustibles que se mencionan en la frontera sur de los Estados Unidos Mexicanos.


Agregando, como en otros rubros, el link donde pueden revisar dicho: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746128&fecha=24/12/2024#gsc.tab=0


RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL (RMF 2025), ASÍ COMO LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2025

 

Por último y no menos importante, tenemos que el 30 de diciembre, fue publicada en el DOF, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, así como las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13, las cuales entraron en vigor el 1 de enero de 2025 y estarán vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, publicando en ediciones posteriores de dicho Diario oficial los anexos correspondientes.


Compartiendo a su vez los links:


Finalmente, nuestro personal tanto contable como jurídico lo apoyará de así requerirlo, en las dudas e inquietudes que se pudiesen presentar.


Por: Lic. Jorge Hernandez.

6 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page