La seguridad social es una institución nacida de la solidaridad humana, que se manifiesta en la reacción de ayudar a personas o grupos en estado de necesidad, es un término que se refiere al bienestar de las y los ciudadanos integrantes de una comunidad.
Por lo tanto, se encuentra encaminada a la protección y mejoramiento de los niveles de bienestar de las personas trabajadoras y sus familias, se trata de un derecho primigenio de los trabajadores, y con ello una norma legal que establece diversas obligaciones para los patrones, que en caso de no cumplirlas se pueden hacer acreedores de diversas sanciones.

La seguridad social adquiere sentido en su finalidad de: proteger al hombre frente a todos los riesgos tradicionalmente considerados, proporcionales prestaciones en especie o en dinero y servicios sociales, de acuerdo con las necesidades y apremios de cada nación, que tienden a mejorar sus niveles de vida.
La seguridad social en México debe constituirse como una responsabilidad del estado; como una política social inherente al estado y mas que nada, como un derecho inalienable de los mexicanos.
A continuación, te indicaremos las obligaciones de mayor relevancia que deberán cumplir los patrones en 2025, conforme a la Ley del seguro social, La ley de Infonavit y otros reglamentos.
La ley del seguro social y sus reglamentos consigna diversas obligaciones para los patrones, en el orden siguiente:
Periódicas:
Son las que debe cumplir el patrón de manera continua:
1. Comunicar las altas y bajas de los trabajadores en el IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio o término de la relación laboral.
2. Presentar al instituto las modificaciones de salarios en las fechas siguientes:
Salarios fijos: plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que cambie el salario.
Salarios variables: dentro de los primeros cinco días hábiles de enero, marzo, mayo, julio septiembre y noviembre.
Salarios mixtos: los primeros cinco días hábiles siguientes a la fecha en que cambie el salario.
3. Determinar las cuotas obrero patronales a cargo y enterar su importe al IMSS, las cuotas mensuales que se enteren al IMSS de manera mensual a mas tardar el día 17 del mes.
4. Retener al trabajador de las cuotas que corresponda cubrir.
5. Llevar registros como nominas y listas de raya en las que se asiente invariablemente el numero de días trabajados y los salarios percibidos de los trabajadores.
6. Expedir y entregar a los trabajadores eventuales de la ciudad o del campo, la constancia de días laborados.
7. Informar bimestralmente a los trabajadores sobre las aportaciones efectuadas a la cuenta individual del seguro de retiro, cesantía de edad avanzada y vejez.
8. Realizar la consulta de las incapacidades de los trabajadores de la empresa a fin de considerar correctamente las ausencias de los empleados en la determinación del pago de las cuotas obrero-patronales.
Riesgos de trabajo:
Las obligaciones que deberán considerar los patrones en materia de riesgos de trabajo son las siguientes:
1. Notificar al IMSS los accidentes o las enfermedades de trabajo
2. Presentar la revisión anual de la siniestralidad y determinar la prima en el seguro de riesgos de trabajo a más tardar el viernes 28 de febrero de 2025
3. Actualizar en el SUA la prima en el seguro de riesgos de trabajo
4. Cooperar con el IMSS en la realización de estudios e investigaciones
5. Consultar la relación de los riesgos de trabajo terminados, a fin de facilitar el control de la documentación y la presentación de la prima de riesgos de trabajo.
Subcontratación de servicios u obras especializadas
Conforme a la LSS, las personas físicas y morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas de acuerdo con los artículos 13 al 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), tendrán algunas de las obligaciones siguientes:
1. Comunicar cuatrimestralmente a mas tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre, la siguiente información:
De las partes en el contrato.
De cada contrato.
Del registro ante la STPS.
2. El prestador de servicios especializados deberá incorporar por cada uno de los trabajadores, el nombre del beneficiario de los servicios u obras especializadas a través del Sistema Informativo de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE):
Cuatrimestre 1- enero, febrero, marzo y abril.
Cuatrimestre 2- mayo, junio, julio y agosto.
Cuatrimestre 3- septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
Construcción:
Las empresas de la industria de la construcción, al igual que las comerciales o de servicios, deben cumplir (entre otras) con las diversas obligaciones que la LSS les impone:
1. Los patrones que se dediquen permanentemente o esporádicamente a la actividad de la construcción y que contraten trabajadores para obra o tiempo determinado, deberán registrarse en el IMSS con tal carácter y autoclasificarse en los términos del artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación (RACERF).
2. Presentar al IMSS los avisos de inscripción, baja y modificación de salario de los trabajadores que contraten por obra o tiempo determinado, dentro de los cinco días hábiles siguientes.
3. Calcular las cuotas con base en el salario base de cotización de los trabajadores.
4. Llevar registros por obra de construcción, como nominas o listas de raya, tarjetas de control de pagos, etc.
5. Registrar en la subdelegación correspondiente a la ubicación de la obra dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos, tipo de obra, ubicación, etc.
6. Informar al instituto las incidencias de obra de construcción correspondientes, así como la suspensión, recaudación, cancelación y terminación de las obras de construcción.
Dictamen por contador publico autorizado para efectos del seguro social
las obligaciones son las siguientes:
1. Los patrones que hayan contado con un promedio anual de 300 o mas trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, deberán dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS por contador público autorizado.
2. Presentar el aviso para dictaminar en los plazos siguientes:
Cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior
Cualquier fecha para los patrones que no tengan obligación pero que opten por dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el seguro social o para quienes haya orden de visita o requerimiento.
Para los efectos del seguro social: 1-30 de septiembre de 2025 y 2-dentro de los nueve meses a la fecha de presentación del aviso, cuando sea voluntario.
Otras obligaciones para los patrones
1. Proporcionar al IMSS los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo.
2. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el instituto.
3. Comunicar al IMSS la suspensión, reanudación, cambio o termino de actividades, clausura, cambio de nombre, denominación o razón social, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de que ocurra el supuesto respectivo.
4. Informar al instituto sobre el estallamiento de huelga, así como la suspensión, reanudación, cambio o termino de actividades, clausura, cambio de nombre, etc. Dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de que ocurra el supuesto respectivo.
5. Deber avisar también al IMSS cuando haya incorporación de nuevas actividades, compra de activos o cualquier acto de enajenación, siempre que implique un cambio de actividad.
6. Autorizar el uso del buzón tributario del SAT para recibir mensajes de interés, avisos y notificaciones de actos administrativos del instituto.
Obligaciones establecidas en la Ley del Infonavit y sus reglamentos
Obligaciones por periodos que deben observar los patrones:
1. Comunicar las altas y bajas de los trabajadores en el IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio o término de la relación laboral.
2. Determinar el monto de las aportaciones de 5% sobre el salario de los trabajadores a su servicio.
3. Efectuar la retención al salario de los trabajadores de los descuentos para la amortización de los créditos de vivienda.
4. Expedir y entregar, semanal o quincenalmente a cada trabajador constancia escrita del numero de días trabajados y del salario percibido, en el caso de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción.
5. Registrarse en el portal empresarial del INFONAVIT.
Subcontratación de servicios u obras especializadas
El articulo 29 Bis de la Ley del Infonavit consigna la responsabilidad solidaria de las personas físicas y morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas, entre ellas:
1. Comunicar cuatrimestralmente a mas tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos.
2. En la prestación de servicios se deberán incorporar por cada uno de los trabajadores, el nombre del beneficiario de los servicios o trabajos contratados en el sistema de computo autorizado por el Infonavit es decir el SISUB.
Dictamen por contador público autorizado para efectos del Infonavit.
Las obligaciones que deberán considerar los patrones que hayan optado por dictaminarlas para efectos del Infonavit son las siguientes:
1. Presentar el aviso para dictaminar dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior.
2. Presentar el dictamen para efectos del Infonavit en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la presentación del aviso.
Otras obligaciones:
Si es el caso, el patrón deberá cumplir con las obligaciones siguientes:
1. Proporcionar al Infonavit los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo.
2. Proporcionar al instituto la información para la individualización de las cantidades correspondientes a cada trabajador, en relación con las aportaciones de vivienda.
3. Permitir las inspecciones y visitas domiciliaras que practique el instituto, las que se sujetaran a lo establecido en la ley del Infonavit, el CFF y sus reglamentos.
4. Presentar al instituto los avisos de cambio de domicilio y denominación o razón social, aumento o disminución de obligaciones fiscales, suspensión o reanudación de actividades, así como cualquier otra circunstancia que afecte su registro ante al instituto.
En este sentido, la seguridad social ha enfrentado nuevos retos y experimentado cambios importantes, con el objetivo de continuar brindando protección y bienestar a nuestra población, gracias a la visión de las reformas y al consenso con la población, la seguridad social ha permitido alcanzar importantes logros como: mejores condiciones de salud de la población, prestaciones sociales y pensiones mas justas y equitativas, que garantizan bases más sólidas para el crecimiento y la mejora y calidad de vida de la población.
En GPF asesoría de negocios podemos ayudarte en materia de seguridad social ya que es muy importante que se cumplan todas aquellas obligaciones pues incumplir con ellas podría hacer que tu como patrón te hagas acreedor a diversas sanciones en materia de seguridad social.
Por: Lic. Denisse Lopez.
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